El Congreso guatemalteco hizo la aprobación en horas de la madrugada de hoy 3 de abril el Decreto 15 – 2020, Ley de medidas adicionales de protección para población de los efectos económicos provocados por la pandemia covid-19.
Un total de 141 diputados votaron para la urgencia nacional para que los servicios básicos -agua, luz, teléfono e internet- no puedan ser suspendidos durante el estado de Calamidad actual.
Los prestadores de los servicios no tendrán el derecho de aplicar a los usuarios cargos moratorios, intereses, gastos administrativos ni penalizaciones.
Las personas que no tengan la posibilidad de pagar por los servicios podrán hacer convenios con las empresas con pagos hasta por 12 cuotas sin ningún cargo.
El Crédito Hipotecario Nacional (CHN) pondrá a disposición un crédito específico para las empresas prestadoras de esos servicios y que debe ser similar al monto de los convenios entablados con los usuarios comprometidos con los pagos.